Reconocimiento Prácticas Externas

El reconocimiento académico de las prácticas curriculares

La experiencia laboral y profesional, siempre que esté relacionada con las competencias de la titulación que está cursando el estudiante, puede dar la opción de reconocer los créditos. Las prácticas extra curriculares no son susceptibles de ser utilizadas para el reconocimiento de créditos.

Como normativa general, el máximo de créditos que se puede reconocer es un 15% de los créditos totales de la titulación.

Sólo podrán reconocer créditos de prácticas externas en base a experiencia laboral y profesional previa, aquellos alumnos que:

  • Se matriculen de las asignaturas de prácticas que quieran convalidar
  • Hayan realizado la experiencia laboral como máximo un curso académico antes del año académico en curso
  • Las hagan bajo una cobertura legal aceptada (contrato laboral o contrato de prestación de servicios).
  • El contenido funcional de las prácticas o colaboración en empresa sea validado por el tutor académico de la asignatura, es decir, el departamento de Career Services.
  • Cumplan la mínima dedicación a las prácticas que requiera la acreditación académica del Practicum matriculado:
  • Las horas de prácticas no se hayan destinado a convalidar otras asignaturas con contenido académico reglado.

La documentación a presentar es:

  • Hoja de solicitud de reconocimiento.
  • Informe de vida laboral acreditando 300 h trabajadas en el sector.
  • Certificado de la empresa acreditando las funciones realizadas

La presentación de toda la documentación requerida para reconocer los créditos, se deberá presentar en los plazos establecidos cada curso académico.

La rúbrica (nota final) de las asignaturas de prácticas curriculares si se opta por el reconocimiento de créditos será un 5.

El reconocimiento académico de las prácticas Extra curriculares

Las prácticas extracurriculares tienen un reconocimiento académico a través del Suplemento Europeo del Título, según contemple la normativa vigente

Finalizadas las prácticas, a solicitud del estudiante, el Centro emitirá un certificado acreditativo que debe contener lo siguiente:

a) El nombre del estudiante que ha hecho las prácticas.

b) El nombre de la empresa o institución donde el estudiante ha hecho las prácticas y periodo de su estancia.

c) Copia del proyecto formativo del estudiante, donde quedan descritas las actividades y los contenidos desarrollados durante el periodo de prácticas.

El modelo de certificado acreditativo de las prácticas debe facilitar la comunicación con las empresas o instituciones, y ofrecer una manera homogénea de transmitir los contenidos y los resultados de las prácticas. Del mismo modo, también debe favorecer la información para la movilidad internacional de los estudiantes.